Ibas de pasajero: tienes derecho a cobrar
El ocupante de un vehículo es, salvo supuestos muy excepcionales, un perjudicado puro: no conducía, no pudo provocar el accidente y por tanto no se le puede atribuir culpa. Es el perfil con mayor probabilidad de indemnización.
- Da igual quien tuviera la culpa: hay un seguro que responde
- También si viajabas con un familiar o una pareja
- Incluye taxi, VTC, autobús urbano y autocar
Quién paga tu indemnización
Responde el seguro obligatorio del vehículo responsable del accidente. Si la culpa fue del otro conductor, su compañía. Si la culpa fue del conductor del coche en el que viajabas, su propia póliza, porque el seguro obligatorio cubre precisamente los daños causados a los ocupantes. Y si la responsabilidad está repartida, ambas compañías responden frente a ti de forma solidaria: tu cobras el total y ellas se reparten después el coste.
Traducción práctica: como pasajero no tienes que preocuparte de quien tuvo la culpa. Casi siempre hay un seguro obligado a indemnizarte.
¿Y si conducía mi pareja, mi padre o un amigo?
También cobras, y es una duda muy habitual. La indemnización la paga la aseguradora, no la persona que conducía, y reclamar no implica demandarla a ella ni perjudicarla personalmente más alla del posible efecto en la renovación de su póliza. La única excepción clásica es el propio conductor culpable, que no puede indemnizarse a si mismo con el seguro obligatorio.
Taxi, VTC, autobús y autocar
Si sufres un accidente como usuario de transporte público o de un VTC, además del seguro obligatorio de circulación suele existir un seguro obligatorio de viajeros y pólizas de responsabilidad civil de mayor cobertura. Conserva el billete, el recibo o el justificante de la app, porque acredita que viajabas en ese vehículo, y pide que conste tu identidad en el parte o atestado.
En autobuses urbanos es frecuente el llamado accidente sin colisión: frenazo brusco que provoca una caída dentro del vehículo. También es indemnizable, aunque exige acreditar el hecho con el parte de la compañía de transporte, testigos o cámaras interiores.
Cuánto se cobra
Se aplica el mismo baremo: días de perjuicio personal, secuelas, perjuicio estético, gastos y lucro cesante. Como pasajero, además, no hay reducción por concurrencia de culpas, por lo que sueles percibir el 100% de la valoración. La única reducción habitual es la derivada de no llevar el cinturón, cuando se acredita que agravo las lesiones.
Estima tu caso en la calculadora de indemnización.
Qué hacer
- Asegurate de figurar como ocupante en el parte amistoso o en el atestado.
- Acude a urgencias aunque el golpe parezca leve.
- Guarda billete, recibo o captura del viaje si era transporte público o VTC.
- No aceptes una oferta antes del alta médica definitiva.
Preguntas frecuentes
¿Reclamar perjudica al conductor amigo o familiar?
Quien paga es su aseguradora, con la que tiene contratada precisamente esa cobertura. El efecto para esa persona se limita, en su caso, a la bonificación de su póliza. No responde con su patrimonio salvo supuestos excepcionales como conducir sin seguro o bajo los efectos del alcohol con acción de repetición.
¿Puedo reclamar si no llevaba el cinturón?
Sí, pero la indemnización puede reducirse si se demuestra que la falta de cinturón agravo las lesiones. La reducción habitual se mueve entre un 10% y un 25%, y debe probarla la aseguradora.
Iba en el coche de empresa. ¿Cambia algo?
Puede ser además accidente laboral o in itinere, lo que añade prestaciones de la mutua compatibles con la indemnización del seguro. Conviene coordinar ambas vías para no perder ninguna partida.
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